Cartas Laborales de la Persona Trabajadora
Machotes de carta para renunciar, responder una amonestación o pedir lo que le corresponde, por escrito y con prueba de entrega.
Muchos machotes de carta de renuncia que circulan en Costa Rica olvidan lo más importante: quien renuncia a un contrato por tiempo indefinido también debe dar preaviso, de una semana a un mes según la antigüedad (art. 28 del Código de Trabajo). Y pocos explican qué pasa si no se da, ni cómo probar que la carta se entregó cuando el patrono no la quiere recibir.
Este paquete reúne las seis cartas que más necesita una persona trabajadora. Cada una trae arriba un recuadro corto con lo que dice la ley y cuándo conviene usarla, y abajo el texto listo para llenar con acuse de recibo. Incluye también la carta de terminación por falta grave del patrono, con una advertencia clara de su riesgo, y una carta de descargo pensada para no admitir hechos.
¿Para qué sirve?
- Renunciar dando el preaviso que exige el artículo 28
- Pedir al patrono que dispense el preaviso cuando necesita salir antes
- Terminar el contrato con responsabilidad patronal por una falta grave del patrono
- Responder por escrito a una amonestación o un procedimiento disciplinario
- Reclamar la liquidación, el certificado de trabajo y la carta de despido
- Solicitar vacaciones y dejar constancia escrita
- Probar la entrega cuando el patrono se niega a recibir
Lo que necesitás saber antes de firmar
Quien renuncia también debe dar preaviso
En un contrato por tiempo indefinido, después de tres meses de trabajo continuo, el artículo 28 exige avisar con una semana, quince días o un mes de anticipación, o pagar ese tiempo. El patrono tiene treinta días para reclamarlo (art. 32), y el Ministerio de Trabajo indica que no puede rebajarlo de la liquidación, sino reclamarlo en vía judicial.
Renunciar no hace perder vacaciones ni aguinaldo
Al terminar por cualquier causa se pagan las vacaciones no disfrutadas (art. 156 inciso a) y el aguinaldo proporcional si se trabajó al menos un mes (art. 3, Ley 2412), y se puede retirar el FCL (art. 6, Ley 7983). Lo que no corresponde al renunciar es la cesantía, que el artículo 29 reserva para el despido injustificado, las causas del artículo 83 u otra causa ajena a la voluntad de la persona trabajadora.
La salida por falta grave del patrono tiene un riesgo real
Terminar el contrato por una causa del artículo 83 conserva las indemnizaciones, incluida la cesantía. Pero si en un juicio posterior se le prueba que se separó sin justa causa, no recibe cesantía y debe pagar el preaviso y la responsabilidad civil (art. 84). Conviene usarla con prueba y asesoría, dentro de los seis meses del artículo 416.
Una amonestación sin responder pesa después
Por las faltas del artículo 72, una sola amonestación previa basta para que la repetición sea causal de despido (art. 81 inciso i). El patrono tiene un mes para sancionar (art. 414), y una suspensión sin goce no puede pasar de ocho días ni imponerse sin oír antes a la persona (art. 68 inciso e). Conviene firmar solo el recibo y presentar el descargo por escrito.
Qué incluye la plantilla
Marco legal aplicable
Preguntas frecuentes
¿Dónde consigo un machote de carta de renuncia en Costa Rica que cumpla la ley?
Este paquete incluye dos: renuncia con preaviso y renuncia con solicitud de dispensa del preaviso. Ambas están redactadas sobre el artículo 28 del Código de Trabajo, piden lo que corresponde al salir y traen acuse de recibo. Descargalas en Word para editarlas o en PDF para imprimir.
¿Cuánto preaviso tengo que dar si renuncio?
Depende del trabajo continuo: de tres a seis meses, una semana; de más de seis meses a un año, quince días; más de un año, un mes (art. 28). Antes de tres meses no hay obligación. Durante el preaviso el patrono debe dar un día de asueto por semana para buscar trabajo, y el Ministerio de Trabajo indica que esto aplica también cuando renuncia la persona trabajadora.
¿Qué hago si mi patrono no quiere recibir la carta de renuncia?
La ley no exige que el patrono la acepte, pero tenés que poder probar la entrega. Enviala por correo electrónico a la dirección que usan para asuntos laborales, por correo certificado o mediante acta notarial, y pedí a dos testigos que firmen la constancia incluida. La ley no prevé depositar la renuncia en el Ministerio de Trabajo, como sí lo hace con la carta de despido que la persona trabajadora se niega a recibir (art. 35).
¿Cómo hago una carta de descargo?
Respondé hecho por hecho, sin admitir lo que no ocurrió, ofrecé tu prueba y señalá los problemas del procedimiento: hechos imprecisos, falta de acceso a la prueba, más de un mes desde la falta (art. 414) o una suspensión sin audiencia previa (art. 68 inciso e). El plazo para presentarla lo fija el reglamento interior o la comunicación recibida, porque el Código no establece uno general.
Cartas Laborales de la Persona Trabajadora
₡3.000 + ₡390 de cobro por uso de plataforma = ₡3.390
Pago único con tarjeta · Word y PDF · sin registro
Comprar ahoraOtras plantillas
ContratosCR vende plantillas de documentos de autocompletado. KaiCoast no es un bufete ni ejerce la abogacía, y el uso de una plantilla no crea una relación abogado-cliente. El producto no incluye la selección del documento aplicable a su caso, su adaptación a circunstancias particulares, ni la revisión de lo que usted complete. Antes de firmar, consultá con un profesional en derecho incorporado al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.